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viernes, 23 de noviembre de 2007

Anillos de seguridad "institucionales"


Braulio Jatar Alonso
Para la contingencia de una manifestación o para prever un problema de orden público, se emplazan los denominados “anillos de seguridad”. Para preservar el orden constitucional, se activan los “anillos institucionales”. En ambos casos, se alinean tantos anillos sean necesarios para cumplir con el objetivo final de mantener la paz republicana.

En el caso de la seguridad pública, se cuenta con un primer anillo que está conformado por la Policía Municipal. Cuando éste se sobrepasa, entra en acción un segundo anillo que es la Policía Estadal, desbordada ésta, se hace obligante activar el tercer anillo, que es la Guardia Nacional y ya cuando se rebasan todos los anteriores, corresponde a la Fuerza Armada Nacional, actuar a los fines de preservar el orden.

De igual forma, para garantizar la seguridad jurídica, en situaciones como la propuesta de reforma constitucional presentada por el Presidente de la República, se activan los denominados “anillos institucionales”.

El primer anillo de protección institucional, está conformado por la conciencia del propio Presidente de la República. Cuando el Jefe de Estado, propuso su reelección continua o indefinida, llegaron a sus manos encuestas que claramente indicaban el rechazo a tal pretensión. Sin embargo no la retiró, sino que por el contrario la hizo acompañar con 32 artículos adicionales, en los cuales se sumaron más potestades al Jefe del Ejecutivo Nacional y se impactó la estructura constitucional. Este primer anillo, fue vencido por la avidez de la propia Presidencia de la República y la propuesta fue entregada a la Asamblea Nacional.

El parlamento es el segundo anillo. Su función contralora no le permitía modificar, agregar o incluir nuevos artículos, como indebidamente lo hizo, sino que por el contrario, le correspondía evaluar la pertinencia, legalidad y constitucionalidad de la propuesta Presidencial. La Asamblea Nacional no sólo no cumplió con su función y rechazó el contenido de lo presentado por el proponente sino que, como ya dijimos, agravó la violencia constitucional al agregar 36 artículos y un grupo de disposiciones transitorias, que hacen de la reforma, una transformación del Estado, que obligaba a una Asamblea Constituyente.

El tercer anillo de protección es la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, la cual a la presente fecha, no se ha pronunciado en relación con las solicitudes de nulidad presentadas en contra de la propuesta Presidencial complementada por la Asamblea Nacional. Para muchos es de esperar que en dicha Sala se dará puerta franca al referendo popular, por lo que será el pueblo soberano quien decida.

La masa electoral, en el caso de la propuesta de reforma constitucional, conforma el cuarto anillo. En esta instancia funcional, el voto de un sector del denominado “chavismo” saldrá junto con la oposición a votar contra la reforma y se impondrá el No como resultado electoral. De tal forma que será el último de los anillos de protección institucional, el que finalmente contendrá lo que las instancias públicas han debido rechazar por impertinente, ilegal e inconstitucional.

Siendo el resultado anticipado el arriba indicado, el Parlamento Nacional será la primera “victima” colateral del rechazo a la reforma constitucional y en consecuencia se verá fuertemente cuestionado por la opinión publica y la masa electoral, que posiblemente le exigirán su renuncia, por no haber cumplido con su deber constitucional.

La Asamblea Nacional ha deliberadamente engañado al pueblo cuando, por ejemplo, en el caso del articulo 90 Constitucional, se le ha prometido una reducción inmediata de la jornada de trabajo a seis horas por día, pero en la Disposición Transitoria Primera ordinal 11, se elimina su posibilidad de aplicación instantánea, cuando se señala que “La Ley establecerá un sistema de aplicación progresiva que regule la nueva jornada laboral prevista en el artículo 90 de esta Constitución”. Es decir que sin ley no hay nueva jornada y la nueva jornada cuando se dicte la ley, se hará de forma progresiva. ¿Le hemos explicado ésto a nuestro pueblo?: No

Al final la Asamblea Nacional renunciará, y la misma se recompondrá, en su momento, con tendencias ideológicas diversas que saldrán electas de la misma masa electoral que protegió la constitución y ese nuevo Parlamento será nuevamente el escenario de debate político, que una oposición descerebrada por voluntad propia abandonó, y retomará la función contralora del Ejecutivo Nacional, como obliga el principio de separación de poderes, pieza fundamental de las más organizadas sociedades.

La madrugada del 03 de diciembre, deberá ser controlada por los demócratas. No vaya a ser que los radicales de siempre, se empeñen, como ya lo hicieron el 11 de abril de 2.002, en buscar atajos o aventuras que sólo sirven a la peor de las causas. Todas las instituciones constituidas deberán ser respetadas. Vencedores y derrotados deberán cumplir con conciencia con la patria, si no lo hacen se activará el quinto y último anillo, que al igual que en el caso de la seguridad pública, es la militarización del país con las secuelas que todos conocemos en contra de nuestros derechos humanos.


Asamblea Nacional Tendrá Que Renunciar.
Braulio Jatar Alonso

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